SERVICIOS
CONFECCIONADO PARA TI
Siempre en busca de la combinación perfecta, nos encanta crear piezas únicas y personalizadas, diseñadas desde cero y confeccionadas a la medida de la muñeca. La misión que impulsa nuestro trabajo es anticipar el mañana hoy sin renunciar a la más noble tradición artesanal.
El servicio a medida es lo que hace que el taller Boglietti sea realmente especial. La artesanía y el diseño se unen a tus necesidades para crear una pieza de historia única y atemporal: pura sustancia para satisfacer tus deseos más profundos.
Para él, para ella, para todos. Porque cada uno tiene una historia que merece la pena contarse.
POR REPARAR
En nuestro taller de relojería, oficialmente autorizado por las Maisons, nos encargamos de preservar la belleza a lo largo del tiempo y garantizar siempre la máxima exactitud y precisión. Años de experiencia, cuidado de la restauración y atención al más mínimo detalle: nuestros maestros relojeros te proporcionarán un excelente servicio de reparación y pondrán a tu disposición su profundo conocimiento del oficio.
ASISTENCIA
SEGURO
VALORACIÓN
ASISTENCIA
Disponibilidad, cortesía y profesionalidad son los valores que hacen brillar nuestro atelier. Nuestra mayor satisfacción coincide con tu máxima felicidad.
Nuestra asistencia técnica está certificada por ROLEX International y se realiza dentro de nuestro laboratorio, donde el arte y la precisión avanzan en el mismo carril.
La asistencia técnica de joyería es el resultado de años de experiencia y conocimiento: desde la creación, pasando por el diseño, hasta la realización de una joya, conocemos todas las etapas de producción de una pieza única que combina diseño y artesanía. Solo quien sabe producir una joya puede saber cómo hacerla perdurar en el tiempo.
SEGURO
En nuestra tienda encontrarás un servicio dedicado a tu seguridad.
Un seguro que garantiza tus objetos de valor durante cualquier momento de la vida cotidiana.
La póliza «Comprosicuro» es una póliza emblemática para tus joyas y relojes. La Empresa: «Ina Assitalia S.p.A. «Contratante»: persona, entidad o empresa con la que se celebra el contrato. «Asegurado»: persona para la que se contrata el seguro.
1) El seguro cubrirá los daños materiales y directos sufridos en todo el mundo por el comprador del objeto individual (en adelante, el asegurado) y causados por:
a) el robo por tirón y/o sustracción de la mano o de la espalda;
b) la sustracción de la mano o espalda mediante violencia o amenaza a la persona;
c) robo ocurrido después de un choque, accidente o enfermedad;
d) robo ocurrido en el domicilio habitual del Asegurado y/o en la vivienda ocasional durante el periodo en que esta esté habitada por el Asegurado y/o en hoteles;
e) robo con violencia o amenaza a la persona en el local de custodia habitual; y/o en la vivienda ocasional durante el periodo en que está habitada por el Asegurado y/o en hoteles;
f) incendio, independientemente de la causa que lo haya producido;
g) rotura accidental. Los daños causados al objeto en el transcurso de la comisión o intento de comisión de un robo o hurto se considerarán equivalentes a los daños por robo;
2) La garantía por robo se aplicará a condición de que los ladrones hayan conseguido entrar en los locales especificados en el apartado d) anterior:
a) por allanamiento o rotura de puertas, ventanas, paredes, suelos y techos;
b) mediante apertura de las cerraduras de dichas puertas o ventanas con ganzúas o herramientas similares y llaves falsificadas (el uso de llaves falsificadas no equivale al uso de llaves reales, aunque sean fraudulentas);
c) por una vía distinta de la destinada al tránsito ordinario, siempre que implique salvar obstáculos o refugios que no puedan superarse más que por medios artificiales o agilidad personal;
3) El seguro no cubre:
a) las pérdidas o daños ocurridos durante acontecimientos naturales de carácter excepcional, levantamientos populares, huelgas, rebeliones, actos de terrorismo, insurrecciones, leyes marciales y guerras civiles, todo ello salvo que el Asegurado pruebe que las pérdidas o daños no guardan relación con tales acontecimientos;
b) los daños producidos cuando el objeto no se utilice por el Asegurado o por los miembros de su familia;
c) los daños por los que el Asegurado presente deliberadamente una reclamación falsa o fraudulenta;
d) los daños por quemaduras simples no acompañadas de la aparición de llamas;
e) los daños causados por humos, gases o vapores, salvo que estén provocados por un incendio;
4) en caso de siniestro causado por un hecho previsto en este contrato que afecte al objeto asegurado, el asegurado deberá comunicarlo a la Empresa mediante carta certificada en el plazo de 24 horas desde que tuvo conocimiento del mismo e indicar el número de este certificado de seguro y toda la información necesaria para acreditar el hecho. También se debe informar de la existencia de cualquier garantía de seguro contra incendio y robo que cubra el contenido de los locales indicados en el certificado. En caso de incendio, el Asegurado también está obligado a conservar los restos y residuos del siniestro hasta la liquidación del mismo. En caso de hurto o robo, el Asegurado, junto con el aviso, deberá remitir a la Empresa una copia de la denuncia, que estará obligado a presentar ante las autoridades judiciales del lugar donde se cometió el delito.
5) El valor del objeto en el momento del siniestro se fijará convencionalmente en la cantidad indicada en este certificado y la indemnización será igual a dicha cantidad menos la suma no cubierta indicada en la póliza a cargo exclusivo del contratante.
6) El pago de la indemnización se realizará en la sede de la Agencia General de la Empresa a la que esté adscrita la póliza, siempre que hayan transcurrido al menos 30 días desde la fecha del siniestro y se haya aportado copia del certificado de devolución de la reclamación a las autoridades y del certificado de cierre de la investigación emitido por la autoridad judicial. La indemnización se efectuará materialmente mediante la entrega al comprador (asegurado) de un vale de cuota de compra canjeable exclusivamente por el contratante por un importe igual al valor del objeto menos el 10 % de descubierto.
7) Para todo lo no mencionado en este certificado, se aplicarán las condiciones de la póliza concertada entre la Empresa y el contratante.
VALORACIÓN
Una buena práctica es proporcionar una evaluación de cualquier objeto únicamente después de verlo físicamente. En Boglietti estaremos encantados de evaluar las joyas basándonos en la información que nos proporciones en línea. Para obtener más información, solo tienes que rellenar los siguientes campos y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible. Obviamente, esta valoración no será vinculante en modo alguno a efectos de una futura venta.